Loading...

Solicita tu contrato

























En la ciudad de A Coruña, a jueves, 30 de enero de 2025.

REUNIDOS

DE UNA PARTE, Don SANTIAGO GARCÍA FANDIÑO, mayor de edad, titular del D.N.I. número 32799882-L, actuando en nombre y representación de SANTIAGO GARCÍA FANDIÑO S.L. con C.I.F. B-15818479, con domicilio en la Avenida de Arteixo, No 112, Bajo de A Coruña.

A esta parte se aludirá en lo sucesivo bajo la denominación de PRESTADOR DE SERVICIOS.

DE OTRA PARTE, Doña DEBORAH TORREGGIANI, mayor de edad, titular del DNI número Y-8433437-H en calidad de administradora de la empresa, y actuando en nombre y representación de la empresa GET WALKS TRAVEL, S.L., con C.I.F. B-67844159 y domicilio fiscal en Plaza de la Quintana, no 3, 15704 Santiago de Compostela.

Ambos con la capacidad y legitimación necesarias para el otorgamiento del presente documento, que mutuamente se reconocen, libre y espontáneamente.

MANIFIESTAN

PRIMERO.- Que el prestador de servicios es una empresa cuya actividad consiste en la realización de trabajos de limpieza, en edificios e instalaciones industriales de todo tipo, tanto públicas como privadas.

SEGUNDO.-Que la empresa GET WALKS TRAVEL, S.L. está interesada en la contratación de los servicios de limpieza de sus oficinas sitas en Plaza Olimpio Pérez, bajo F, 15702 Santiago de Compostela , en favor de SANTIAGO GARCÍA FANDIÑO S.L. (COLIM LIMPIEZAS), a cuyo fin suscriben el presente contrato de prestación de servicios, con arreglo a las siguientes

CLAUSULAS

PRIMERA.- El prestador de servicios se obliga a la realización de los siguientes servicios de limpieza en las instalaciones reseñadas:

A) DÍAS A LA SEMANA:

Limpieza y desinfección de las oficinas, con sus enseres, mobiliario y equipamiento, consistente en: limpieza y desinfección de suelos y zócalos mediante barrido y fregado con productos limpiadores neutros específicos para cada tipo de suelos; limpieza y desinfección de mesas, sillas, estanterías, etc.; limpieza y desinfección en ordenadores, teléfonos, monitores, teclados, ratones, impresoras etc.; limpieza – vaciado de papeleras; limpieza de elementos decorativos y mantenimiento de la buena limpieza en general.

Limpieza–desinfección del baño con productos bactericidas higienizantes consistente en: limpieza y desinfección de suelos; limpieza y desinfección de alicatados; limpieza y desinfección de sanitarios; limpieza – vaciado de papeleras; ambientación y desodorización y mantenimiento de la buena limpieza en general.

B) DOS VECES AL MES:

Limpieza de cristales y mamparas por su cara exterior con productos limpiadores adecuados para el mantenimiento del vidrio, que conservan su transparencia por mayor tiempo y limpieza de marcos y molduras por su cara interior con productos adecuados a tal fin.

SEGUNDA.- El precio que satisfará la empresa GET WALKS TRAVEL, S.L. en contraprestación por los servicios contratados será el siguiente:

IMPORTE MENSUAL:

Sobre la cantidad resultante de aplicar los precios anteriores, el prestador de servicios repercutirá la cuota de I.V.A. correspondiente.

El precio resultante, según lo señalado anteriormente, se abonará mensualmente por la empresa GET WALKS TRAVEL, S.L. al prestador de servicios de la siguiente forma: Cargo en la cuenta no ES58 2080 0300 8930 4559 9828 de Abanca.

GET WALKS TRAVEL, S.L. consiente y autoriza a que la factura correspondiente a los servicios realizados se emita en formato PDF y sea remitida por correo electrónico a desde la dirección de correo electrónico de SANTIAGO GARCÍA FANDIÑO S.L. (COLIM LIMPIEZAS) conta@colim.es.

Este importe mensual se verá incrementado anualmente el día primero de enero en función del IPC interanual vigente en el mes de noviembre y que será comunicado con la facturación correspondiente al mes de diciembre)

TERCERA.- El presente contrato tendrá una duración mínima de UN AÑO. Vencido dicho plazo, se entenderá automáticamente prorrogado por periodos sucesivos de un año, salvo que cualquiera de las partes denuncie el mismo, con dos meses de antelación como mínimo al vencimiento del plazo pactado, o de cualquiera de sus prórrogas. Si la empresa GET WALKS TRAVEL, S.L. cancelase el presente contrato sin la antelación mencionada, el prestador de servicios tendrá derecho a cobrar en

concepto de indemnización como si se hubieren trabajado los días que resten hasta completar el período de dos meses.

CUARTA.- Para la realización de los trabajos de limpieza contratados el prestador de servicios se obliga a suministrar la totalidad de los materiales, útiles, maquinaria y productos necesarios para la realización de los mismos.

QUINTA.- En SANTIAGO GARCÍA FANDIÑO S.L. (COLIM LIMPIEZAS) tratamos la información que nos facilita con el fin de prestarles el servicio solicitado y realizar la gestión y facturación del mismo. La base legal para el tratamiento de sus datos es su consentimiento y el interés legítimo del responsable del tratamiento para el envío de información. Los datos proporcionados se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Los datos no se cederán a terceros sin su previo consentimiento, salvo en aquellos casos en los que fuere imprescindible para la correcta prestación del servicio o exista una obligación legal.

Para la realización de los servicios contratados es imprescindible y necesario que SANTIAGO GARCÍA FANDIÑO S.L. (COLIM LIMPIEZAS) acceda a los locales de trabajo donde se encuentran los ficheros y sistemas de información cuya titularidad es de GET WALKS TRAVEL, S.L. y que contienen datos de carácter personal afectados por la legislación de protección de datos de carácter personal.

SANTIAGO GARCÍA FANDIÑO S.L. (COLIM LIMPIEZAS) no podrá tratar en ningún caso los datos de carácter personal contenidos en los ficheros y sistemas de información de GET WALKS TRAVEL, S.L. y se obliga al cumplimiento de la obligación de secreto respecto a los datos que el personal de su entidad hubiera podido conocer con motivo de la prestación del servicio y responderá ante la Agencia Española de Protección de Datos de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente en el caso de que trate los datos personales o los comunique a terceros, responsabilizándose de las consecuencias que en cualquier ámbito pudieran derivarse por la vulneración de la referida obligación.

SEXTA.- El contrato podrá cancelarse en caso de incumplimiento de las obligaciones correspondientes por cualquiera de las partes.

SÉPTIMA.- Para todas las divergencias que pudieran producirse eventualmente en la interpretación y cumplimiento de este contrato, las partes renunciando a su fuero propio, se someten a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de A Coruña.

Conformes las partes con cuanto antecede, firman por duplicado ejemplar en el lugar y fecha del encabezamiento.